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Autónomos

Cómo calcular una factura como autónomo: IVA e IRPF

📅 Julio 2025  ·  ⏱ 5 min de lectura  ·  DocumentosProfesionales.es

Emitir una factura correcta no es complicado una vez entiendes la lógica. El error más común de los autónomos noveles es confundir la base imponible, el IVA y el IRPF — y aquí te lo explicamos con ejemplos reales.

Los tres elementos de una factura de autónomo

1. Base imponible

Es el importe de tus servicios o productos antes de aplicar ningún impuesto. Es el precio que has acordado con tu cliente por tu trabajo. Ejemplo: has prestado un servicio de diseño gráfico por 1.000 €. Esa es tu base imponible.

2. IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)

El IVA lo cobras tú a tu cliente, pero no es tuyo — lo recaudas para Hacienda y lo ingresas trimestralmente en el modelo 303. El tipo general es el 21%.

Hay tipos reducidos: 10% para ciertos servicios (hostelería, transporte) y 4% para productos de primera necesidad. La mayoría de los autónomos en servicios aplican el 21%.

3. IRPF (retención)

Cuando facturas a una empresa o profesional (no a un particular), debes aplicar una retención de IRPF del 15% (7% los primeros tres años como autónomo). Esta retención la ingresa el cliente en Hacienda en tu nombre — es un pago a cuenta de tu declaración de la renta.

⚠️ Importante: El IRPF solo se aplica cuando facturas a empresas o autónomos, nunca a particulares. Y solo en actividades sujetas a retención (actividades profesionales del art. 95 RIRPF).

Cálculo completo paso a paso

✓ Ejemplo práctico
Servicio prestado: 1.000,00 € (base imponible)
+ IVA 21%: + 210,00 €
– IRPF 15%: – 150,00 €
──────────────────────────────
TOTAL a cobrar: 1.060,00 €

El cliente te paga 1.060 € pero ingresa 150 € a Hacienda en tu nombre.
Tú ingresas 210 € de IVA a Hacienda cada trimestre (modelo 303).

Si facturas a un particular

✓ Factura a particular
Servicio: 1.000,00 €
+ IVA 21%: + 210,00 €
──────────────────────
TOTAL: 1.210,00 €

Sin retención de IRPF. El particular te paga el importe completo.

Menciones obligatorias en la factura

💡 Autónomo nuevo: Durante los primeros 3 años desde que te das de alta en actividades profesionales, la retención es del 7% en lugar del 15%. Debes indicarlo en la factura: "IRPF 7% (inicio de actividad)".

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